¿Qué es una promesa de consorcio y qué debe contener?

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La promesa de consorcio es el documento por el que dos o más proveedores se comprometen a participar juntos en un procedimiento de selección. Según el artículo 69 del Reglamento de la Ley N.° 32069 debe consignar los integrantes, el representante común, el domicilio común y las obligaciones y el porcentaje que asume cada integrante.

¿Qué debe contener la promesa de consorcio?

El artículo 69 del Reglamento exige que la promesa de consorcio se presente con firmas digitales (o, en su defecto, legalizadas de ser el caso) y consigne:

  • Los integrantes del consorcio.
  • El representante común.
  • El domicilio común.
  • Las obligaciones a las que se compromete cada integrante, así como el porcentaje equivalente a dichas obligaciones.

¿Puede un proveedor participar en más de un consorcio?

No. El artículo 69 dispone que los integrantes de un consorcio no pueden presentar ofertas individuales ni conformar más de un consorcio en un mismo procedimiento de selección, o en un mismo ítem cuando se trate de procedimientos según relación de ítems.

¿Qué condiciones de participación se pueden exigir a un consorcio?

El artículo 72.3 del Reglamento incluye, entre los requisitos de calificación, las "condiciones de participación en consorcio": el número máximo de consorciados según la naturaleza de la prestación, el porcentaje mínimo de participación de cada consorciado y/o que el integrante que acredite mayor experiencia cumpla con un determinado porcentaje de participación.

Preguntas frecuentes

¿Un integrante de un consorcio puede además postular por su cuenta?
No. Los integrantes de un consorcio no pueden presentar ofertas individuales ni conformar más de un consorcio en el mismo procedimiento o ítem (Reglamento de la Ley N.° 32069, Art. 69).
¿La promesa de consorcio debe indicar cuánto asume cada integrante?
Sí. Debe consignar las obligaciones a las que se compromete cada integrante y el porcentaje equivalente a dichas obligaciones (Reglamento, Art. 69).

Normativa citada

Reglamento de la Ley N.° 32069 · Art. 69Reglamento de la Ley N.° 32069 · Art. 72.3

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